Libros se imprimen sin el número que permite controlar toda la producción de documentos
Uno de los requisitos para la publicación de todo documento es contar con un número de Depósito Legal (DL), pero, en Bolivia, ni escritores ni editores pueden acceder a uno desde hace cuatro meses y los libros se vienen imprimiendo sin esa formalidad que, entre otros beneficios, permite resguardar el patrimonio intelectual de los bolivianos.
El motivo de este desorden, que afecta especialmente a la protección del patrimonio bibliográfico nacional, es político. Desde la desaparición del Ministerio de Culturas, los viceministerios y direcciones que estaban bajo el paraguas de esa cartera de Estado quedaron en la nebulosa y hasta el día de hoy no hay soluciones al respecto.
El trámite del DL está normado por el Decreto Supremo (DS) 28598, del 19 de enero de 2006, y no solo forma parte de la identidad de un libro sino que constituye un paso indispensable para su legalidad. Por lo tanto, sin DL, un libro no es formalmente legal.
“Los libros están saliendo por doquier, sin ningún registro, y eso es un atentado”, advirtió a CORREO DEL SUR una fuente que prefirió mantener su nombre en reserva.
Pero, en realidad, el perjuicio no solo es para autores, editores, librerías e imprentas, sino también para los productores de todo tipo de documentos, incluidos textos, gráficos, sonoros, audiovisuales, electrónicos e imágenes en movimiento.
LA VOZ DE ALERTA
Hace un mes, el 3 de septiembre pasado, en el conversatorio denominado “Depósito Legal: los riesgos que atraviesa el patrimonio intelectual” que organizó en Sucre el Archivo y Biblioteca Nacionales de Bolivia (ABNB), se lanzó la voz de alerta.
Allí se dio lectura al oficio NE/DME No. 0607/2020, del 1 de septiembre de este año, firmada por el Jefe de Gabinete del Ministerio de Educación, Deportes y Culturas, en la que comunica que “en los próximos días se aprobará el presupuesto y se dará continuidad con los trámites administrativos de asignación correspondiente, a fin de evitar los riesgos que pudieran presentarse en el patrimonio intelectual”.
El Repositorio Nacional, con sede en La Paz, es el único encargado de emitir los referidos números de Depósito Legal, pese a que, por el Decreto Supremo 28598, del 19 de enero de 2006, el ABNB también debería estar a cargo de ese registro. Han pasado 14 años y aquella disposición nunca se cumplió.
Entretanto, en el conversatorio del mes pasado se informó que el Repositorio –que lleva más de 100 días cerrado y con sus funcionarios en el limbo– había pasado a depender del Ministerio de Educación, Deportes y Culturas; antes, había trascendido que estaba en el organigrama del de Justicia. Hasta la estructura del anterior gobierno, era parte de la desaparecida Dirección General de Asuntos Administrativos.
AUDIENCIA DE CONCILIACIÓN
La falta de definiciones ha llegado al punto de que la Sociedad de Gestión Colectiva de Escritores de Bolivia, denominada Escribo, planteó un petitorio de audiencia de conciliación ante el Servicio Nacional de Propiedad Intelectual (Senapi) para que dicho Ministerio abra de manera inmediata unas oficinas destinadas al registro del DL.
El petitorio fue presentado el 24 de septiembre por el presidente de Escribo, David VildosoLemoine, y por el miembro y asesor legal de esa organización, Francisco Bueno Ayala quien fue, hasta hace poco, director de Derechos de Autor y Derechos Conexos del Senapi.
CORREO DEL SUR intentó comunicarse con funcionarios de los ministerios de Justicia y de Educación, Deportes y Culturas, pero no atendieron a las llamadas telefónicas.
PROPUESTA DEL ABNB
El director interino del ABNB, Gabriel Rivera, propuso que se transfiera a la institución con sede en Sucre la documentación actualmente a cargo del Repositorio Nacional, ante la posibilidad cierta de que se deteriore por el estado de abandono en el que se encuentra ese lugar desde su cierre, hace casi cuatro meses.
Lo mismo con todo lo relacionado con el DL. “Nuestra institución, que es la entidad matriz en Bibliotecas y patrimonio documental, podría además, otorgar el número de Depósito Legal hasta que se restablezca el funcionamiento y destino final del Repositorio Nacional”, dijo Rivera.
Este diario supo que el Repositorio resguarda un patrimonio bibliográfico de más de 100 mil volúmenes; material hemerográfico, con periódicos de todo el país, desde 1970 hasta el presente 2020; y material fonográfico compuesto por más de 3.300 discos de vinilo y casetes.
¿Para qué sirve el DL?
El Depósito Legal (DL) sirve para asegurar el registro y resguardo del patrimonio documental producido en Bolivia, que incluye todos los documentos, ya sean textos, gráficos, sonoros, audiovisuales, electrónicos e imágenes en movimiento.
Administrado por el Repositorio Nacional y el ABNB, el DL permite al Estado asegurar la entrega, con carácter gratuito, de todo documento, para ser preservado, organizado, servido y difundido en los centros designados para el efecto.
Tiene el objetivo de proteger el patrimonio documental editado, tanto público como privado, con el fin de asegurar su recuperación, conservación, organización, servicio y difusión, según la nota de prensa 16/2020, emitida el 9 de septiembre por la Fundación Cultural del Banco Central de Bolivia (FCBCB), de la que depende el ABNB.
Según esa nota, Mariano Baptista, consejero de la FCBCB, dijo que “estamos en una situación difícil e incómoda para la cultura boliviana porque hay el temor de que el patrimonio documental que se encuentra en el Repositorio es un ‘res nullius’ (cosa de nadie). El Ministerio de Educación, al que se le confiaron diversas tareas del extinto Ministerio de Cultura, no ha hecho su tarea”.
De los cinco ejemplares de todo documento editado que se depositan en el Repositorio, dos son destinados al ABNB, que tiene el mandato legal de recoger, custodiar, conservar, servir y difundir el patrimonio documental del Estado en sus manifestaciones archivísticas y bibliográficas.
Un Comité Coordinador inexistente
El artículo 7 del Decreto Supremo 28598, del 19 de enero de 2006, prevé la creación de un “Comité Coordinador del Depósito Legal”, pero, después de 14 años, esa instancia nunca se formalizó ni funcionó.
Según el decreto, debería estar “integrado en forma permanente por cuatro representantes titulares y cuatro suplentes acreditados de las siguientes instituciones: Archivo y Biblioteca Nacionales de Bolivia (ABNB); Repositorio Nacional de La Paz, en representación del Viceministerio de Cultura; Fundación Cinemateca Boliviana; e Instituto Geográfico Militar.
Allí también se establece que la conformación del Comité no representará un gasto adicional para el Estado y, en el artículo 8, que es la Dirección del ABNB (con sede en Sucre) la que debe presidir las reuniones del Comité Coordinador del Depósito Legal, “las que se verificarán anualmente en la ciudad de La Paz, sede de tres de las cuatro instituciones que componen el Comité Coordinador”.
El artículo 12 del decreto señala que “son oficinas centrales del Depósito Legal el Archivo y Biblioteca Nacionales de Bolivia, el Repositorio Nacional de La Paz, la Fundación Cinemateca Boliviana y el Instituto Geográfico Militar, cuyos representantes forman a su vez el Comité Coordinador”.